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Documento - Bélgica: Es preciso que se actúe sin demora para resolver los problemas en materia de derechos humanos
Documento - Bélgica: Es preciso que se actúe sin demora para resolver los problemas en materia de derechos humanos
BELGIUM Bélgica: Es preciso que se actúe sin demora para resolver los problemas en materia de derechos humanos
Amnistía Internacional
Declaración Pública
Índice AI: EUR 14/002/2004 (Público)
Servicio de Noticias 195/04
2 de agosto de 2004
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLEUR140022004
Bélgica: Es preciso que se actúe sin demora para resolver los problemas en materia de derechos humanos
Amnistía Internacional ha solicitado hoy a las autoridades belgas que actúen con la mayor diligencia posible para aplicar, íntegramente y con carácter prioritario, las recomendaciones que el Comité de Derechos Humanos de la ONU emitió el viernes 30 de julio tras someter a examen el historial de Bélgica en materia de derechos humanos.
En sus observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de Bélgica respecto a su cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Comité expresa preocupación sobre diversos asuntos relacionados con los derechos humanos, como la continuidad de los informes sobre brutalidad policial, a menudo acompañada de actos de discriminación racial. Toma nota de los informes que indican que no siempre se han emprendido investigaciones sobre semejantes conductas con la debida diligencia y que, cuando se han dictado sentencias contra agentes de policía, por lo general han sido simbólicas. Además de dar instrucciones a Bélgica para que acabe con esa conducta de la policía y lleve a cabo investigaciones más completas, el Comité solicita que las denuncias sobre malos tratos interpuestas contra la policía y toda denuncia presentada por la policía contra presuntas víctimas se examinen simultáneamente.
Amnistía Internacional ha observado que el Comité tuvo que reiterar el llamamiento que venía haciendo a Bélgica desde hace tiempo para que promulgue una legislación que garantice a las personas bajo custodia policial su derecho a informar a sus familiares de su detención, así como su acceso a un abogado y a un médico desde las primeras horas de su detención. El Comité señala la necesidad de una disposición legal que permita al detenido someterse a un examen médico tanto al principio como al final del periodo de custodia.
El Comité es consciente de que, a pesar de la reforma de las directrices sobre el trato a extranjeros en las operaciones de expulsión, las denuncias referidas a agentes de policía que hacían un uso excesivo de la fuerza cuando desempeñaban labores de escolta han continuado, y recomienda formación más exhaustiva así como el seguimiento de los agentes que llevan a cabo tales operaciones. Asimismo expresa preocupación porque, si bien los solicitantes de asilo rechazados y emigrantes no autorizados que estaban recluidos en centros de detención para extranjeros en espera de su expulsión habían sido puestos en libertad por orden judicial, a continuación se los había recluido en la zona de tránsito del aeropuerto nacional de Bruselas, a veces durante varios meses, "en precarias condiciones higiénicas y sociales". El Comité, considerando que dicha práctica constituye detención arbitraria y, por lo tanto, podría dar pie a un trato inhumano y degradante, afirma que debe acabar inmediatamente.
El Comité recomienda cambios que permitan a los individuos recluidos en los centros de detención para extranjeros contar con un mecanismo de presentación de denuncias más accesible y eficaz, y solicita garantías a Bélgica de que las personas consideradas "inadmisibles" en el país y recluidas en el denominado centro para "INADS" (o "inadmisibles") del aeropuerto nacional son informadas sobre sus derechos, entre ellos el derecho a interponer recurso de apelación y a formular una denuncia.
Entre los restantes motivos de preocupación, el Comité señala el escaso índice de penas y sanciones disciplinarias impuestas a miembros de las fuerzas armadas belgas sospechosos de haber cometido violaciones de derechos humanos en el contexto de la operación multinacional autorizada por la ONU para el mantenimiento de la paz en Somalia en 1993. También ve con preocupación las consecuencias derivadas de los cambios introducidos en el 2003 en la legislación belga relativa a la jurisdicción universal para las víctimas de graves violaciones de derechos humanos con arreglo al derecho internacional. Hace recomendaciones pertinentes para afrontar estos motivos de preocupación, así como el hacinamiento carcelario y la trata de seres humanos. Además, insta a adoptar todas las medidas posibles para proteger a las diversas comunidades residentes en Bélgica de actos racistas, xenófobos, antisemitas o antimusulmanes.
En la información que Amnistía Internacional presentó al Comité antes de que procediera a examinar el historial de Bélgica en materia de derechos humanos, la organización centraba la atención concretamente en sus motivos de preocupación con respecto a:
los presuntos malos tratos policiales e insultos racistas en la calle y en comisarías de policía, en ausencia de varias garantías fundamentales contra los malos tratos bajo custodia policial;
los métodos crueles y peligrosos de inmovilización usados en las operaciones de expulsión por aire y la situación de las personas recluidas en la zona de tránsito del aeropuerto nacional;
las dificultades que afrontan las personas que desean presentar una denuncia por malos tratos de la policía;
los obstáculos que encuentran en su camino tanto la investigación diligente e imparcial de las denuncias sobre malos tratos policiales como el procesamiento de los responsables de semejantes abusos.
Amnistía Internacional ponía de manifiesto la necesidad de adoptar reformas urgentes en estos ámbitos y recordaba las recomendaciones pormenorizadas que en el 2003 había pedido a las autoridades belgas que aplicaran con carácter urgente. Por otra parte la organización llamaba la atención sobre:
el nivel aparentemente bajo de rendición de cuentas ante los tribunales por las violaciones de derechos humanos cometidas por los soldados que participaron en la operación multinacional de la ONU para el mantenimiento de la paz en Somalia en 1993;
la legislación aprobada en el 2003 que restringe notablemente el ámbito de aplicación de la legislación belga sobre la jurisdicción universal —que anteriormente era bastante amplio—, lo que ha aumentado las posibilidades de que los autores de los peores crímenes posibles disfruten de impunidad por sus actos;
un incremento de los actos racistas contra judíos, árabes y otras comunidades musulmanas.
Si desean más información sobre los motivos de preocupación de Amnistía Internacional sobre Bélgica, remítanse a:
Belgium before the UN Committee against Torture: alleged police ill-treatment
(Índice AI: EUR 14/001/2003)
Informe 2004
de Amnistía Internacional, Bélgica (Índice AI: POL 10/004/2004)
Amnesty International Concerns in Europe and Central Asia, July - December 2003: Belgium
(Índice AI: EUR 01/001/2004)********
Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, 1 Easton Street, WC1X 0DW, Londres, Reino Unido. Traducción: Editorial de Amnistía Internacional, EDAI.
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