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Document - República Checa: Decisión del Tribunal Europeo respecto a la discriminación en la educación
Document - República Checa: Decisión del Tribunal Europeo respecto a la discriminación en la educación
CZECH REPUBLIC República Checa: Decisión del Tribunal Europeo respecto a la discriminación en la educación
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Declaración pública
Índice AI: EUR 71/002/2007 (Público)
Servicio de Noticias: 221/07
13 de noviembre de 2007
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLEUR710022007
República Checa: Decisión del Tribunal Europeo respecto a la discriminación en la educación
El 13 de noviembre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó que la República Checa había discriminado a menores romaníes al matricularlos, a causa de su origen, en escuelas especiales para menores con dificultades de aprendizaje. La resolución, tomada por la Gran Sala del Tribunal, es definitiva.
Ocho romaníes de Ostrava habían llevado su caso al Tribunal para denunciar discriminación y violaciones de su derecho a la educación. Los denunciantes afirmaban que su matriculación en escuelas especiales entre 1996 y 1999 se había realizado a partir de pruebas no fiables, que a sus progenitores no se les había dado suficiente información sobre las consecuencias de dar su consentimiento a dicha matriculación, y que el sistema había sido una práctica general que había provocado la discriminación contra los romaníes y una educación segregada.
La Gran Sala señaló que los romaníes "se han convertido en un tipo específico de minoría desfavorecida y vulnerable" que requiere "protección especial", también en el ámbito de la educación. Aunque el sistema de escuelas especiales en la República Checa no se estableció únicamente para los menores romaníes, la Gran Sala concluyó que, en la práctica, se había matriculado a un número desproporcionado de romaníes en escuelas especiales, donde seguían un programa más básico y estaban aislados de otros menores. Las propias autoridades checas han aceptado que, en 1999, entre el 80 y el 90 por ciento de los menores que asistían a escuelas especiales eran de origen romaní. La mayoría de la Gran Sala "no considera que los progenitores de los menores romaníes, pertenecientes a una comunidad desfavorecida y en muchos casos con escasa educación, fueran capaces de sopesar todos los aspectos de la situación y las consecuencias de dar su consentimiento". Por ello, la Gran Sala concluyó que la legislación checa pertinente del momento en cuestión había tenido en la práctica un efecto desproporcionadamente perjudicial para la comunidad romaní. Lejos de recibir protección especial, los menores romaníes habían recibido de hecho una educación que "aumentaba las dificultades y ponía en peligro su desarrollo". Aunque el Tribunal señaló que se habían introducido cambios en la ley y se habían realizado otros esfuerzos por abordar las necesidades educativas de los romaníes, concluyó que la diferencia de trato no se había justificado de manera objetiva y razonable.
La Gran Sala concluyó que se había violado el artículo 14 (prohibición de la discriminación) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, leído junto con el artículo 2 del Protocolo núm. 1 (relativo al derecho a la educación) del Convenio.
/FIN
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Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, 1 Easton Street, WC1X 0DW, Londres, Reino Unido. Traducción: Editorial de Amnistía Internacional, EDAI.
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Amnesty International Report 2008
The state of the world's human rights
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