Document - Grecia: No hay lugar para los solicitantes de asilo
AMNISTÍA INTERNACIONAL
DECLARACIÓN PÚBLICA
27 de febrero de 2008
Índice AI: EUR 25/002/2008
Grecia: No hay lugar para los solicitantes de asilo
Grecia debe mejorar urgentemente la situación actual de los refugiados y solicitantes de asilo en el país. Amnistía Internacional pide a las autoridades griegas que cumplan sus obligaciones contraídas en virtud del derecho internacional de derechos humanos, el derecho sobre refugiados y el derecho europeo.
Amnistía Internacional toma nota de la decisión de la Junta de Apelaciones sobre Inmigración de Noruega de suspender la devolución de refugiados y solicitantes de asilo a Grecia en aplicación del Reglamento Dublín II. Amnistía Internacional considera que la decisión es especialmente importante habida cuenta de las deficientes condiciones de reclusión de los inmigrantes detenidos en Grecia y de la ausencia de garantías legales respecto del examen de su solicitud de asilo. La organización pide a los Estados miembros que apliquen el artículo 3.2 del Reglamento Dublín II, que permite a los Estados miembros examinar una solicitud de asilo "aun cuando dicho examen no sea responsabilidad suya en virtud de los criterios establecidos en este Reglamento".
El Reglamento Dublín II establece los criterios para decidir en qué país deben estudiarse las solicitudes formuladas por los solicitantes de asilo, y permite que sean devueltos al Estado en el que entraron primero o que sea responsable de su entrada en el territorio de los Estados miembros de la Unión Europea (UE), Noruega e Islandia.
Amnistía Internacional recuerda que la Comisión Europea ha iniciado actuaciones contra Grecia ante el Tribunal de Justicia Europeo por infringir el Reglamento Dublín II. La organización entiende que ello es debido a la ausencia de garantías legales respecto de un examen del fondo de la solicitud de asilo por parte de las autoridades griegas tras el traslado del solicitante a Grecia.
Amnistía Internacional ha expresado en reiteradas ocasiones a la autoridades griegas su preocupación por el trato que reciben los solicitantes de asilo y por el hecho de que no se les proporcionen procedimientos de asilo efectivos. A la organización le preocupan los informes que recibe, según los cuales, mientras se tramita su solicitud, los solicitantes de asilo están recluidos en condiciones que equivalen a detención arbitraria. Los solicitantes suelen ser entrevistados en relación con su solicitud sin la presencia de un intérprete y de un abogado. Los abogados denuncian que, en la práctica, es de esperar que la solicitud sea denegada en primera instancia. Amnistía Internacional ha pedido en reiteradas ocasiones a las autoridades griegas que adopten medidas concretas para mejorar las condiciones de los solicitantes de asilo, lo que incluye resolver el limbo legal en el que se les deja, sin documentos y sin acceso en la práctica a ninguna prestación social.
En una carta dirigida a las autoridades griegas el 7 de febrero de 2008, la organización expresó su preocupación por el bienestar de aproximadamente 2.500 personas, entre las que había menores no acompañados de sólo nueve años, expulsadas de sus casas provisionales de la zona portuaria de Patras. Se cree que la mayoría de las personas desalojadas son solicitantes de asilo de Afganistán. Grecia no devuelve a personas a Afganistán, pero tampoco tramita sus solicitudes de asilo de un modo rápido e imparcial, lo que les deja en un limbo en el que carecen de estatuto legal y, por tanto, de derechos.
Los motivos de preocupación de Amnistía Internacional en relación con la detención de refugiados e inmigrantes fueron confirmados en un informe del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) publicado el 8 de febrero, basado en una visita realizada a Grecia por una delegación del Comité del 20 al 27 de febrero de 2007.
En el informe se señalaba "el hecho de que las autoridades griegas persisten en no abordar las deficiencias estructurales en […] los establecimientos donde permanecen recluidos ciudadanos extranjeros." También concluía que las condiciones de las comisarías de los guardias de fronteras eran "en general, inaceptables incluso para periodos breves." Por ejemplo, "[…] las celdas de Isaakio y Neo Himoni tenían muy poca luz natural y ventilación, y a los detenidos se les proporcionaban mantas sucias y dormían en colchones mugrientos sobre el suelo. Los aseos estaban sucios y, en algunos casos, no funcionaban. En Neo Himoni, dos de las tres celdas estaban permanentemente inundadas debido a un problema de fontanería, y aun así había detenidos en estas celdas en épocas de superpoblación que se veían obligados a dormir en colchones empapados. Además, a menudo no se ofrecía a los detenidos la posibilidad de hacer ejercicio físico al aire libre, y los productos de higiene que les facilitaban eran totalmente insuficientes."1
Amnistía Internacional insta al gobierno griego a que actúe de inmediato aplicando las recomendaciones del CPT para poner fin a la práctica de recluir a personas, en concreto inmigrantes, durante periodos prolongados en centros de detención ordinarios para el cumplimiento de la ley y las aloje en centros expresamente destinados a tal fin, teniendo debidamente en cuenta los criterios reiteradamente expuestos por el CPT.
Información complementaria
El Reglamento Dublín II fue adoptado el 18 de febrero de 2003 por el Consejo Europeo y afecta a los Estados miembros de la UE más Islandia y Noruega.
El 7 de febrero de 2008, la Junta de Apelaciones sobre Inmigración de Noruega suspendió todas las devoluciones a Grecia en aplicación del convenio, "basándose en la información más reciente sobre las posibles violaciones de los derechos de los solicitantes de asilo en Grecia, y en la necesidad de tener más información sobre las condiciones de los solicitantes de asilo en ese país."
El pasado año, la Comisión Europea inició un procedimiento contra Grecia por infringir el Reglamento Dublín II, aparentemente debido a la ausencia de garantías legales de que se examinara el fondo de las solicitudes de asilo tras el traslado. Dado que Grecia no podía garantizar que se adoptaban las medidas necesarias para cumplir sus obligaciones contraídas en virtud del Reglamento Dublín II, el 31 de enero la Comisión decidió presentar una queja oficial ante el Tribunal de Justicia Europeo. El artículo 16 del Reglamento Dublín II incluye la obligación de los Estados miembros de la UE de completar un examen del fondo de la solicitud de asilo tras aceptar la devolución de un solicitante de asilo procedente de otro Estado miembro. Por su parte, en una sentencia de 19 de abril de 2007, el Tribunal de Justicia Europeo declaró que Grecia tampoco cumplía la Directiva del Consejo 2003/9/EC de 27 de enero de 2003, que establece las normas mínimas para la recepción de solicitantes de asilo. Esta directiva establece varias normas mínimas en relación con las condiciones de recepción de los solicitantes de asilo mientras se examina su solicitud y exige a los Estados miembros que garanticen un nivel de vida adecuado para la salud de los solicitantes y que pueda garantizar su subsistencia.
Documento público
1 Traducción de EDAI.