Document - BARBADOS. Pena de muerte / Preocupación jurídica

BARBADOS BARBADOS. Pena de muerte / Preocupación jurídica

PÚBLICO
Índice AI: AMR 15/006/2002/s

EXTRA 73/02

Pena de muerte / Preocupación jurídica

13 de septiembre de 2002

BARBADOS

Propuesta para reanudar la práctica de la pena de muerte


El gobierno de Barbados está tratando de modificar la Constitución del país en un intento de facilitar la reanudación de las ejecuciones.

Si se aprueba, la Ley de Enmienda a la Constitución, de 2002, impedirá que los presos condenados apelen contra su ejecución basándose en el tiempo que llevan encarcelados bajo condena de muerte y en las condiciones en las que permanecen recluidos. Si entra en vigor, esta ley invalidará las resoluciones judiciales previas, actualmente vinculantes para Barbados, para las condenas de muerte que se dicten después de la entrada en vigor. Las nuevas disposiciones impedirán además que estas importantes cuestiones sean examinadas por tribunales futuros a medida que vayan evolucionando las leyes y normas de derechos humanos.

La Ley de Enmienda a la Constitución también pretende limitar el plazo establecido para que los órganos intergubernamentales de derechos humanos (como el Comité de Derechos Humanos de la ONU) examinen las denuncias de los presos. Al poner límites a este plazo, el gobierno incumple los compromisos que él mismo ha contraído en virtud de tratados tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

Los presos no tienen ningún control sobre el tiempo que los órganos tales como el Comité de Derechos Humanos tardan en examinar sus denuncias. Por ello, si las autoridades de Barbados llevan a cabo la ejecución de una persona antes de que se haya tenido tiempo de examinar su denuncia, la protección que brindan estos órganos pierde todo su significado. Además, no se proporciona ninguna ayuda legal a los condenados para que recurran a mecanismos de protección de los derechos humanos tales como los ofrecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Eso significa que los presos deben depender de la buena voluntad de los abogados que estén dispuestos a ofrecer sus servicios gratuitamente (pro bono).

La aprobación de la Ley parece responder a un deseo de hacer frente a los índices actuales de delincuencia violenta en Barbados. La fiscal general, que ha propuesto la Ley, declaró recientemente: «La obligación primordial de todo gobierno es proteger a sus ciudadanos, y un gobierno no debe parecer impotente ante los problemas».

La ley fue aprobada en agosto por la Cámara Baja del Parlamento por 25 votos a favor y ninguno en contra, y ahora se presentará ante el Senado para someterla a votación en un futuro próximo. Si el Senado la aprueba, la Ley deberá ser firmada por el gobernador general y entrará en vigor en octubre.

Amnistía Internacional teme que la Ley de Enmienda a la Constitución, si se aprueba, dé lugar a que se reanuden los ahorcamientos en Barbados y a la posibilidad de numerosas ejecuciones.

INFORMACIÓN GENERAL

En virtud de la resolución dictada en 1993 por el Comité Judicial del Consejo Privado de la Corona en la causa Pratt y Morgan, en Barbados no puede ejecutarse a los presos condenados si llevan en el «corredor de la muerte» más de cinco años. Esta resolución es vinculante para todos los países del Caribe de habla inglesa que tuvieran al Comité Judicial como tribunal de apelación de más alta instancia, y ha impedido que se lleven a cabo centenares de ejecuciones en la región (si desean más información, consulten: State killing in the English-speaking Caribbean: a legacy of colonial times, Índice AI: AMR 05/003/2002, de abril de 2002 y Open letter to the Attorney General and people of Barbados, Índice AI: AMR 15/002/2002, de agosto de 2002). La última ejecución llevada a cabo en Barbados tuvo lugar en 1984, cuando tres hombres fueron ejecutados en un solo día.

Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos por considerarla una violación del derecho a la vida y el máximo exponente de pena cruel e inhumana. La pena de muerte es irrevocable y puede imponerse a inocentes. Nunca se ha demostrado que esta pena tenga un efecto disuasorio frente a la delincuencia superior al de otras penas, y es un castigo que embrutece a quienes participan en el proceso de la ejecución, y también a la sociedad en general.

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en inglés o en su propio idioma:

- expresando preocupación porque el gobierno de Barbados tiene intención de eliminar mecanismos de protección legal que actualmente están a disposición de quienes se enfrentan a la ejecución;
- subrayando que este paso supone un retroceso que va claramente en contra de la tendencia mundial hacia la abolición de la pena de muerte, y señalando que, en los últimos años, los gobiernos de Sudáfrica, Chile, Timor Oriental, Ucrania, Costa de Marfil y Angola han abolido la pena capital;
- manifestando su oposición incondicional a la pena de muerte por considerarla una violación de uno de los derechos humanos más fundamentales: el derecho a la vida;
- subrayando que no se ha demostrado que la pena de muerte tenga un efecto disuasorio frente a la delincuencia superior al de otras penas;
- subrayando que la oposición de Amnistía Internacional a la pena de muerte no pretende de ninguna manera menospreciar el sufrimiento de las víctimas de delitos violentos y de sus familiares y amigos.

LLAMAMIENTOS A:

Primer Ministro
The Rt. Hon. Owen Arthur
Prime Minister
Office of the Prime Minister
Government Headquarters
Bay Street
St Michael
Barbados
Tratamiento: Dear Prime Minister / Señor Primer Ministro
Fax: +1 246 436 9280
Correo-E.: foreign@barbadosgov.org

Fiscal General y ministra del Interior
The Hon. Mia Amor Mottley
Attorney General and Minister of Home Affairs
Ministry of Home Affairs
Level 5 General Post Office Building
Cheapside
Bridgetown
Barbados
Tratamiento: Dear Attorney General /Señora Fiscal General
Fax: +1 246 228 5433

Viceprimer Ministro y ministro de Asuntos Exteriores
The Hon Billie A. Miller
Deputy Prime Minister and Minister of Foreign Affairs
Ministry of Foreign Affairs
1 Culloden Road
St Michael
Barbados
Fax: +1 246 429 6652
Tratamiento: Dear Minister / Señor Ministro
Correo-E.: foreign@caribnet.net

COPIA A:

Periódicos
The Letters Editor
Barbados Advocate
Fontabelld
St Michael
Barbados
Correo-E.: advocate@sunbeach.net
Fax: +1 246 434 1000

The Letters Editor
Daily Nation
Fontabelld
St Michael
Barbados
Fax: +1 246 427 6968
Correo-E.: nationnews@sunbeach.net

y a los representantes diplomáticos de Barbados acreditados en su país.

ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.

Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, 1 Easton Street, WC1X 0DW, Londres, Reino Unido. Traducción: Editorial de Amnistía Internacional, EDAI.