Document - BARBADOS. Temor de ejecución inminente y preocupación jurídica

BARBADOS BARBADOS. Temor de ejecución inminente y preocupación jurídica

PÚBLICO
Índice AI: AMR 15/001/2002/s

EXTRA 48/02

Temor de ejecución inminente y preocupación jurídica

28 de junio de 2002

BARBADOS

Michael McDonald Huggins, de 27 años de edad
Frederick Benjamin Atkins, de 31 años de edad
Lennox Ricardo Boyce, de 25 años de edad
Jeffrey Joseph, de 27 años de edad


Está previsto que los cuatro hombres citados en el encabezamiento sean ejecutados por ahorcamiento el 2 de julio. Sus peticiones de indulto fueron denegadas por el Comité de Indultosí local esta semana, a pesar de que ninguno de los cuatro ha agotado aún la vía de apelación judicial. Si se llevan a cabo, estas ejecuciones violarán el derecho internacional y constituirán asesinato.

Huggins fue condenado por el asesinato, cometido en 1999, de Stephen Ricardo Wharton, de 21 años de edad. Atkins fue condenado a la horca en julio del 2000 por el asesinato, cometido en octubre de 1998, de Sharmaine Hurley, de 20 años. Boyce y Joseph fueron condenados a muerte por el asesinato de Marquelle Hippolyte, de 22 años, el 15 de abril de 1999. La Corte de Apelaciones confirmó las condenas de muerte de los cuatro el 27 de marzo del 2002.

En abril del 2002, los abogados que representan a los condenados notificaron al gobierno su intención de presentar mociones de constitucionalidad ante el Comité Judicial del Consejo Privado de la Corona. Este tribunal, con sede en Londres, Inglaterra, es actualmente la más alta instancia de apelación de Barbados.

A pesar de ello, poco después de las tres de la tarde del 27 de junio, el supervisor jefe en funciones de los tribunales, Hugh Arthur, leyó las órdenes de ejecución de los cuatro en la Prisión de Máxima Seguridad de Glendairy, en Barbados.

INFORMACIÓN GENERAL

El derecho internacional establece que la pena de muerte sólo puede ejecutarse después de que un tribunal competente haya emitido una resolución definitiva, y que no puede ejecutarse mientras haya pendiente una apelación o cualquier otro procedimiento de recurso relacionado con el indulto o la conmutación de la pena (Salvaguardias de la ONU para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a la Pena de Muerte, párrafo 8). Los procedimientos deben garantizar el derecho a que tanto los hechos como los aspectos legales del caso sean revisados por un tribunal de instancia superior, compuesto por jueces diferentes de los que juzgaron el caso en primera instancia (informe del relator especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Doc. ONU E/CN.4/1997/60, párrafo 2).

Barbados es Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Ambos tratados establecen que antes de ejecutar la pena de muerte deben agotarse todas las vías de apelación y los procedimientos de recurso, incluidas las solicitudes ante órganos internacionales, así como las solicitudes de indulto y conmutación de la pena (artículo 4.6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y artículo 6.4 del PIDCP).

Los últimos ahorcamientos llevados a cabo en Barbados tuvieron lugar en 1984, cuando se ahorcó a Noel Ricardo Jordan, Melvin Inniss y Errol Mopsie Farrell.

ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en inglés o en su propio idioma:

- expresando honda preocupación porque está previsto que Michael McDonald Huggins, Frederick Benjamin Atkins, Lennox Ricardo Boyce y Jeffrey Joseph sean ejecutados a pesar de que los cuatro han notificado al gobierno su intención de ejercer su derecho constitucional a apelar ante el Comité Judicial del Consejo Privado de la Corona; instando al gobierno a no llevar a cabo estas ejecuciones;
- subrayando que las ejecuciones violarían las obligaciones contraídas por Barbados en virtud del derecho internacional y de tratados como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establecen que la pena de muerte sólo puede ejecutarse después de que un tribunal competente haya emitido una resolución definitiva y que la pena de muerte no puede ejecutarse mientras haya pendiente una apelación o cualquier otro procedimiento de recurso relacionado con el indulto o la conmutación de la pena;
- subrayando que el relator especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias ha declarado que deben darse instrucciones a las autoridades para que no ejecuten una condena de muerte mientras esté pendiente cualquier apelación u otro procedimiento de recurso;
- expresando honda preocupación porque Barbados tiene intención de reanudar el uso de la pena de muerte después de 18 años sin ejecuciones, y pidiendo a las autoridades que no den ese paso retrógrado;
- manifestando su apoyo a las víctimas de la delincuencia violenta y a sus familiares.

LLAMAMIENTOS A:

Gobernador general
Sir Clifford Straughn Husbands
Governor General
Office of the Governor General
Government House
St Michael
Barbados
Telegramas: Governor General, Saint Michael, Barbados
Fax: + 1 246 228 0722
Tratamiento: Your Excellency / Excelencia

Fiscal General
The Hon. Mia A. Motley
Attorney General & Minister for Home Affairs
Frank Walcott Building
Cilloden Road, St Michael
Barbados
Telegramas: Attorney General, Christchurch, Barbados
Fax: + 1 246 228 5433
Correo-E.: attygen@caribsurf.com
Tratamiento: Dear Attorney General / Sra. Fiscal General

Primer Ministro
The Hon. Owen Arthur
Office of the Prime Minister
Government Headquarters
Bay Street, St Michael
Barbados
Telegramas: Prime Minister, St Michael, Barbados
Fax: + 1 246 436 9280
Tratamiento: Dear Prime Minister / Señor Primer Ministro

COPIA A:

Alcaide
Glendairy Prison
Her Majesty's Prison
Glendairy
Station Hill, St Michael
Barbados
Fax: + 1 246 435 2450
Tratamiento: Dear Head Warden / Señor Alcaide

Periódico
Barbados Nation
P.O. Box 1203
Bridgetown
St. Michael
Barbados
Correo-E.: nationnews@sunbeach.net
Fax: + 1 246 427 6968
Tratamiento: Dear Editor / Señor Director

y a los representantes diplomáticos de Barbados acreditados en su país.

ENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.

Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, 1 Easton Street, WC1X 0DW, Londres, Reino Unido. Traducción: Editorial de Amnistía Internacional, EDAI.