Document - JORDANIA.La ley antiterrorista abre la puerta a nuevas violaciones de derechos humanos

JORDAN JORDANIA.La ley antiterrorista abre la puerta a nuevas violaciones de derechos humanos

AMNISTÍA INTERNACIONAL

Declaración pública

Índice AI: MDE 16/012/2006    (Público)
Servicio de Noticias: 287/06
7 de noviembre de 2006
http://web.amnesty.org/library/Index/ESLMDE160122006

La ley antiterrorista de Jordania abre la puerta a nuevas violaciones de derechos humanos


La nueva Ley de Prevención del Terrorismo de Jordania entró en vigor el 1 de noviembre de 2006, tras ser aprobada formalmente por el jefe del Estado, el rey ‘Abdullah bin al-Hussein, pese a las preocupaciones planteadas tanto en el ámbito nacional como en el internacional por la excesiva amplitud de su alcance. La nueva ley no es conforme al derecho internacional de los derechos humanos y define las "actividades terroristas" de una manera tal que se puede utilizar como base para detener y recluir tanto a personas que critican de forma no violenta al gobierno como a personas que ejercen pacíficamente su derecho a la libertad de expresión. La nueva ley aumenta asimismo los poderes, ya excesivos, de las fuerzas de seguridad jordanas para detener y recluir a personas a las que consideren sospechosas de terrorismo.

Uno de los motivos de preocupación en torno a esta ley es que convierte en delito el "apoyar el terrorismo mediante acciones o financiación, ya sea directa o indirectamente", pero no establece que una persona acusada deba tener el conocimiento o la intención de que su acción o su contribución económica ayude al terrorismo. Esto plantea la posibilidad de que se pueda procesar en virtud de la ley a una persona que done dinero inocentemente o ayude de alguna otra manera a lo que considera una organización benéfica, pero que en realidad es una organización de "fachada" que ayuda al terrorismo.

La ley faculta asimismo a la fiscalía del Tribunal de Seguridad del Estado para ordenar la vigilancia de la casa, los movimientos y los medios y métodos de comunicación de un sospechoso; para prohibir viajar a ese sospechoso; para registrar el lugar donde reside e incautarse de cualquier objeto "pertinente a las actividades terroristas"; y para confiscar cualquier dinero relacionado con actividades terroristas planeadas. Estas facultades, según el relator especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, "niegan en la práctica el derecho a la intimidad, a la libertad de circulación y a la presunción de inocencia".

Otro motivo de preocupación es que la ley podría utilizarse para castigar a las personas que se oponen o critican pacíficamente al gobierno, sobre la base de que las actividades de estas personas –como celebrar una manifestación pacífica que pueda dar lugar a daños materiales leves– pueden causar "daños a las infraestructuras" y pueden considerarse como "alteración del orden público" o como "un peligro para la seguridad pública", elementos todos ellos que entran en la definición de "actos terroristas" contenida en la nueva ley.

La definición de "actos terroristas" que da la ley no hace referencia a los protocolos y convenciones internacionales existentes relativos al terrorismo. El relator especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo señaló que "la lucha contra el terrorismo debe limitarse a combatir los delitos comprendidos en el ámbito de las convenciones y protocolos internacionales relativos al terrorismo y definidos en ellos, o a combatir las conductas asociadas, según se pide en las resoluciones del Consejo de Seguridad, cuando se suman a las intenciones y fines identificados en la resolución 1566 (2004) del Consejo de Seguridad. Que un acto sea constitutivo de delito no lo convierte en acto terrorista".

La Ley de Prevención del Terrorismo no brinda la suficiente certidumbre sobre los castigos aplicados, y por ello no es conforme con el principio de legalidad. Establece que los delitos relacionados con el "terrorismo" serán punibles con la cadena perpetua acompañada de trabajos forzados a menos que se establezca una pena más severa en otra ley, pero no enumera a qué otras leyes se refiere ni indica según qué criterios deben castigarse esos delitos. Esta falta de claridad no excluye que las personas condenadas por esos delitos puedan ser condenadas a muerte. Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todas las circunstancias, por considerarla el exponente máximo de trato cruel, inhumano y degradante. Al mismo tiempo, considera que los problemas inherentes a la pena de muerte se ven agravados en situaciones en las que los acusados pueden ser sometidos a tortura u otros malos tratos y, además, pueden ver negado su derecho a un juicio justo.

Amnistía Internacional pide al gobierno jordano que derogue la Ley de Prevención del Terrorismo o la modifique para conformarla a las obligaciones contraídas por Jordania en virtud del derecho internacional, y reitera su petición de que se ratifique el Protocolo Facultativo de la Convención de la ONU contra la Tortura, que permite una vigilancia independiente de todos los lugares de detención.

Información complementaria

En noviembre de 2005 se perpetraron atentados con explosivos contra tres hoteles de Ammán, que causaron la muerte de 60 personas e hirieron a muchas más. A estos atentados les siguió, en junio de 2006, la publicación de un Proyecto de Ley de Prevención del Terrorismo. Amnistía Internacional condenó estos atentados y reconoció la responsabilidad absoluta del gobierno jordano de mantener la seguridad pública y llevar a los responsables de estos crímenes ante la justicia. Sin embargo, al hacerlo el gobierno debe cumplir con las obligaciones contraídas en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, que incluyen la prohibición de la detención arbitraria, la tortura y los malos tratos y la obligación de garantizar que todas las personas acusadas de delitos, incluso las acusadas de los delitos más atroces, gozan de un juicio justo de acuerdo con el derecho internacional.

Amnistía Internacional lleva manifestando desde hace mucho tiempo su preocupación por la detención de sospechosos de delitos políticos y terrorismo en Jordania, por las denuncias de tortura y otros malos tratos, por los juicios injustos y por la pena de muerte. La descripción más reciente de estas preocupaciones se encuentra en el informe Jordania: "Sus confesiones ya están preparadas para que las firmen". Detención y tortura de personas sospechosas de delitos políticos, MDE 15/005/2006, julio de 2006, http://web.amnesty.org/library/index/eslmde160052006.

A la organización le preocupa ahora el hecho de que la Ley de Prevención del Terrorismo reforzará los poderes del Departamento General de Información, responsable de la detención, la reclusión y el interrogatorio de sospechosos de delitos políticos o "contra la seguridad", y que ha sido ampliamente acusado de ser responsable de torturas. El gobierno jordano debe tomar medidas para refrenar a este Departamento y garantizar que todas las personas detenidas son tratadas de acuerdo con sus derechos humanos fundamentales y cuentan con salvaguardias frente a posibles torturas o malos tratos. Las personas sospechosas de terrorismo en Jordania son a menudo objeto de tortura u otros malos tratos durante los interrogatorios, y se enfrentan a vistas que no cumplen las normas internacionales sobre juicios justos. En particular, Amnistía Internacional ha planteado reiteradamente su preocupación por lo injusto de los procedimientos celebrados por el Tribunal de Seguridad del Estado, ante el cual se juzgarán los delitos tipificados en esta nueva ley. En los últimos diez años, más de un centenar de acusados han declarado ante el Tribunal de Seguridad del Estado haber sido torturados para obligarlos a "confesar". El Tribunal se ha mostrado poco dispuesto a ordenar o realizar investigaciones adecuadas sobre estas denuncias. Según la información de que dispone Amnistía Internacional, el Tribunal ha condenado a varios acusados sobre la base exclusiva de una "confesión" que, según afirman los acusados, se realizó, bajo tortura y malos tratos, durante la detención en régimen de incomunicación.

Amnistía Internacional siente preocupación por el hecho de que la nueva ley parece limitarse a agravar los problemas ya existentes en las acciones contra sospechosos de "terrorismo": desde la detención y la reclusión hasta los juicios ante el Tribunal de Seguridad del Estado. Por ejemplo, la ley dará lugar a un aumento de los poderes del Departamento General de Información. La organización ha manifestado reiteradamente su preocupación por el hecho de que los agentes de este Departamento ya gozan de amplios poderes y de una impunidad casi total, y actúan prácticamente como una ley en sí mismos, recluyendo en secreto a sospechosos, por lo general en régimen de incomunicación. Es precisamente durante este régimen de incomunicación cuando algunos de los detenidos han sido sometidos, según los informes, a tortura y otros malos tratos. El relator especial de la ONU sobre la cuestión de la tortura, al término de su visita a Jordania en junio de 2006, manifestó que "la tortura se practica de forma sistemática" en el Departamento General de Información.
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Amnistía Internacional, Secretariado Internacional, 1 Easton Street, WC1X 0DW, Londres, Reino Unido. Traducción: Editorial de Amnistía Internacional, EDAI.