Document - Kosovo (Serbia): Albin Kurti, ¿procesado por motivos políticos?
AMNISTÍA INTERNACIONAL
Declaración pública
Índice de AI: EUR 70/014/2007 (Público) [índice provisional]
Numero del Servicio de Noticias: 237/07
10 de diciembre de 2007
Kosovo (Serbia): Albin Kurti, ¿procesado por motivos políticos?
Amnistía Internacional considera motivo de preocupación que el juicio de Albin Kurti, dirigente de la organización no gubernamental Vetëvendosje (Autodeterminación), no se esté celebrando conforme al derecho aplicable en Kosovo y a las normas internacionales sobre juicios justos. Albin Kurti está siendo enjuiciado por una sala de jueces internacionales en Pristina (Kosovo). A la organización de derechos humanos le preocupan la aparente politización de este proceso y de las actuaciones judiciales hasta la fecha y, en relación con este caso, la falta de independencia del poder judicial.
Albin Kurti fue detenido el 10 de febrero de 2007 tras participar en una manifestación contra las propuestas de la ONU para el estatuto definitivo de Kosovo. Se considera que Kurti encabeza la oposición popular a ambas propuestas y a la presencia en Kosovo de la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK).
El 31 de mayo de 2007 fue acusado formalmente de tres delitos contra el orden público en relación con la manifestación del 10 de febrero, entre ellos los de “participar en la comisión colectiva de un delito” y “participar en actos de obstrucción colectiva a funcionarios públicos [policía]”, a pesar de que no se imputaron tales cargos a ningún otro participante en la manifestación. También fue acusado formalmente de “incitar a la resistencia” aunque tampoco se acusó de este delito a ningún otro miembro del grupo organizador. Los cargos presentados inicialmente en su contra por “agresiones a funcionarios públicos” fueron retirados en junio.
Si declaran culpable a Albin Kurti, podrían imponerle una pena hasta de 10 años de prisión. Amnistía Internacional señala que otras 11 personas, entre ellas otro miembro clave de la organización Vetëvendosje detenido igualmente el 10 de febrero en relación con la manifestación, fueron acusadas de delitos menos graves. Una persona fue condenada a 40 días de cárcel; otras fueron declaradas culpables por el Tribunal de Delitos Menores y condenadas a penas de entre 15 y 40 días de cárcel y, en un caso, a recibir una amonestación. Albin Kurti es la única persona de las que organizaron la manifestación de febrero de 2007 que está siendo juzgada por jueces internacionales, que normalmente tienen jurisdicción sobre delitos graves, incluidos crímenes de guerra.
Organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, además de la Institución del Defensor del Pueblo de Kosovo, han expresado sus dudas sobre la legalidad de la detención inicial de Albin Kurti y su preocupación por la ausencia de fundamentos jurídicos para prolongar la detención. El 10 de mayo, sin haber sido acusado, Albin Kurti fue liberado de la cárcel de Dubrava y sometido a detención domiciliaria en su apartamento. Hasta el 14 de noviembre, Albin Kurti estuvo bajo custodia policial las 24 horas del día y tenía prohibido salir del apartamento sin el consentimiento expreso del tribunal, así como establecer contacto con los medios de comunicación o con Vetëvendosje. El 14 de noviembre, el tribunal revisó las condiciones de su detención y las modificó para que pudiera salir del apartamento entre las 10 de la mañana y las 7 de la tarde, imponiéndole un toque de queda de 15 horas bajo custodia policial. Amnistía Internacional considera que los efectos de una detención domiciliaria estricta, aunque se revise periódicamente como en este caso, pueden ser equiparables a la privación de libertad.
En mayo, la
Federación Internacional de Helsinki por los Derechos Humanos, que
ha enviado observadores al juicio, dio a conocer sus motivos de
preocupación con respecto a la independencia del poder judicial en
las decisiones relacionadas con la detención de Albin Kurti,
incluido el hecho de que el juez internacional hubiera abordado al
fiscal después de la vista –en ausencia tanto de Albin Kurti como
de su representación letrada de oficio– para conocer las
recomendaciones de la acusación en relación con su detención. Más
aún, se denegó a la Federación Internacional de Helsinki el acceso
a Albin Kurti durante su reclusión preventiva bajo la custodia de
funcionarios del Ministerio de Justicia de Kosovo con el argumento
de que era un detenido de “categoría A”, sujeto a la jurisdicción
exclusiva de la UNMIK. El director en funciones del Departamento de
Justicia de la UNMIK no pudo proporcionar a Amnistía Internacional
ningún documento en el que figurara la definición de presos de
“categoría A”.
Amnistía Internacional ve asimismo con preocupación las denuncias
de organizaciones no gubernamentales tanto nacionales como
internacionales sobre intromisión del Ejecutivo en esta causa.
Además, la organización fue informada por Albin Kurti de que,
durante su detención, recibió visitas no oficiales de varios
representantes del Departamento de Justicia de la UNMIK y un
diplomático estadounidense, quien al parecer le instó a poner fin a
las manifestaciones.
Amnistía Internacional considera también que las actuaciones
judiciales no se han ajustado a las disposiciones del Código
Provisional de Procedimiento Penal de Kosovo. En las actuaciones
del 19 de septiembre, por ejemplo, el juez presidente de la sala
internacional no siguió los procedimientos establecidos en este
Código, ya que no informó a Albin Kurti de sus derechos y le
prohibió hacer una declaración ante el tribunal ordenándole, según
informes, que “se callara”. Amnistía Internacional considera que
impedir al acusado hacer una declaración ante el tribunal puede
constituir una violación del derecho a la propia defensa proclamado
en el artículo 6.3.c del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en
el artículo 12.2 del Código Penal Provisional de Kosovo.
También preocupa a la organización que no se hayan seguido los
procedimientos establecidos para atender la solicitud de recusación
de la sala internacional formulada por Albin Kurti. La solicitud se
basaba en que los jueces internacionales no habían respetado su
derecho a la presunción de inocencia y en que no habían sido
imparciales ni independientes del poder ejecutivo. Albin Kurti no
había recibido una decisión por escrito por la que se desestimara
su solicitud de recusación de la sala, pero sí había recibido
información no oficial el 26 de octubre según la cual el presidente
del Tribunal de Distrito de Pristina había desestimado su
solicitud. Su abogado de oficio, que con anterioridad se había
recusado a sí mismo ante el tribunal, al parecer recibió una carta
en la que se le informaba de la decisión pero no hizo nada porque
ya no representaba a Albin Kurti. Como consecuencia, éste se vio
privado del derecho a recurrir contra la decisión.
En una vista celebrada el 14 de noviembre para someter a revisión la detención de Albin Kurti, se le impidió igualmente hacer una declaración ante el tribunal. Y lo mismo ocurrió en las actuaciones del 15 de noviembre, cuya celebración no le fue notificada hasta la víspera, en contravención del Código Provisional de Procedimiento Penal de Kosovo, que establece la obligación de notificar la vista por escrito con ocho días de antelación.
Además, el 15 de noviembre, la sala le asignó un nuevo representante letrado que, según informes, aseguró no estar de acuerdo con la persistente objeción de su cliente a los jueces de la sala; en las actuaciones del 4 de diciembre, Albin Kurti intentó también presentar una grabación de un programa de televisión en la que, al parecer, su abogado de oficio hacía comentarios críticos sobre él en relación con la manifestación de febrero de 2007. Amnistía Internacional señala que el artículo 6.3.c del Convenio Europeo de Derechos Humanos (incorporado al derecho aplicable en Kosovo) garantiza el derecho de la persona acusada a contar con asistencia letrada de su elección.
La sala dispuso además que su actuación había sido correcta al dictar una nueva acta de acusación formal el 19 de septiembre sin informar primero a Albin Kurti, aunque el juez presidente manifestó, según informes, que la nueva acusación no era importante porque no se iba a utilizar.
A las actuaciones del 4 de diciembre asistieron un gran número de observadores nacionales e internacionales, entre los que había representantes de Amnistía Internacional, la Federación Internacional de Helsinki, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), la Institución del Defensor del Pueblo de Kosovo, el Centro de Derecho Humanitario y el Centro de Rehabilitación de Víctimas de Tortura en Kosovo, así como numerosos medios de comunicación nacionales e internacionales. En presencia de los observadores, la sala respetó en gran medida los procedimientos establecidos en el Código Provisional de Procedimiento Penal de Kosovo y permitió que Albin Kurti interrogara a los testigos de la acusación.
El juicio se aplazó hasta el 30 de enero de 2007. Albin Kurti continúa en detención domiciliaria.
Por último, Amnistía Internacional ha expresado su preocupación por el hecho de que no se haya abierto ninguna investigación criminal contra los miembros de la Unidad Especial de Policía rumana que presuntamente mataron de forma ilegítima a dos manifestantes y causaron lesiones a otros ochenta durante la manifestación convocada por Vetëvendosje el 10 de febrero de 2007. Ni las autoridades kosovares ni las rumanas han procesado a ninguna persona por los hechos.
Información complementaria
En un informe que Amnistía Internacional publicará en breve sobre el Programa Internacional de Jueces y Fiscales, introducido en Kosovo en el año 2000, la organización expresa, entre otras cosas, graves motivos de preocupación por la falta de independencia de los miembros de la sala internacional nombrados por la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK). La organización señala la ausencia de procedimientos adecuados para exigir responsabilidades a jueces y fiscales internacionales e informa sobre casos de injerencia del poder ejecutivo en la asignación de casos y, en algunas causas, en la propia conducción del proceso.
Amnistía Internacional pide total transparencia en la investigación de la UNMIK sobre las muertes de Mon Balaj y Arbën Xheladini, Índice AI: EUR 70/002/2007 (público); Servicio de Noticias 033/07; 15 de febrero de 2007, http://www.amnesty.org/es/report/info/EUR70/002/2007.
Kosovo (Serbia): La policía rumana y la UNMIK deben rendir cuentas por la muerte de manifestantes en Kosovo, Índice AI: EUR 70/010/2007 (público); Servicio de Noticias 130/07, 9 de julio de 2007,
http://www.amnesty.org/es/report/info/EUR70/010/2007.
FIN…/
Si desean más información pónganse en contacto con la oficina de prensa de Amnistía Internacional en Londres, llamando al número + 44 20 7413 5566, o visiten http://www.amnesty.org/es/features-news-and-updates. Para los documentos y comunicados de prensa traducidos al español consulten http://www.amnesty.org/es/research.